sábado, 19 de diciembre de 2009

BODAS DE ORO DEL COLEGIO NACIONAL MARÍA PARADO DE BELLIDO

Local de la Beneficencia Pública donde funcionó el histórico plantel
Conscientes de que ya era necesario la implantación de un Colegio femenino de secundaria, el martes 7 de enero de 1947, EL MINERO hace escuchar su voz cuando dice: La necesidad de un Colegio Nacional de Mujeres para el Cerro de Pasco.
«…Ponemos sobre el tapete y la consideración del pueblo del Cerro de Pasco, apoyando el pedido formulado en el Cabildo Abierto último, y sin que nuestros conceptos impliquen, una impugnación retardataria hacia los principios pedagógicos que forman la coeducación, ni menos una crítica a la gestión de la Dirección y docencia en el Colegio Nacional Daniel Alcides Carrión, cuyo esfuerzo y labor conocemos, queremos abordar decididamente por el desdoblamiento, si se nos permite el término, de este Instituto de Educación Secundaria para mujeres en esta ciudad».
«Por estos conceptos muy bien fundados, nosotros opinamos y pedimos que los Poderes Públicos provean la creación de un Colegio para mujeres, atendiendo así a una necesidad evidentemente sentida en estos momentos; porque nuestro departamento espera que se escuche el clamor público y se consiga que el presente año ya pueda funcionar el mencionado centro.»
«Aprovechamos de esta coyuntura para recordar que al aprobarse el proyecto de la construcción en el mismo local de apartamentos destinados a la escuela taller de las mujeres. Ojalá esto sea escuchado porque anhelamos que nuestro pueblo adelante y progrese». (EL MINERO, martes 7 de enero de 1947).
En consideración a esta necesidad que era Vox Populi, el Gobierno emite la ley 13235, creando al Colegio Nacional María Parado de Bellido. El texto de la ley es el siguiente:
LEY No 13235
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso ha dado la Ley siguiente:EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA PERUANA.
Ha dado la ley siguiente:
Artículo 1º.- Créase en la ciudad de Cerro de Pasco un Colegio Nacional de Educación Secundaria que se denominará: «Colegio Nacional María Parado de Bellido».
Artículo 2º.- Consígnese en el Presupuesto General de la República la partida necesaria para su funcionamiento.
Artículo 3º.- El Ministerio de Educación Pública queda encargado del cumplimiento de la presente ley.
Comuniqúese al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Casa del Congreso de Lima, a los cuatro días del mes de marzo de mil novecientos cincuenta y nueve.
RODRIGO FRANCO GUERRA, Presidente del Senado. JAVIER ORTIZDE ZEVALLOS, Presidente de la Cámara de Diputados. CESÁREO V1DALON, Senador Secretario, JORGE R. AREVALO, Diputado Secretario.
Al Señor Presidente Constitucional de la república.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de mayo de mil novecientos cincuenta y nueve.
MANUEL PRADO EMILIO ROMERO
Así que, en un local de la Beneficencia Pública de la desaparecida Plaza Centenario, comienza a funcionar con 144 alumnas y 9 profesoras. Tuvo que pasar un buen tiempo en el que, profesores, padres de familia y alumnos, lograran que la compañía minera edificara un nuevo plantel en San Juan, el mismo que está vigente en reemplazo del que demolieron en la Plaza Centenario. La construcción del local corrió a cargo de la constructora «Samuel Suárez S.A» « a un costo de cuatro millones de soles» y como dijera la revista, de la compañía: «Ha sido diseñado siguiendo las técnicas pedagógicas modernas. Puede albergar cómodamente a mil alumnas». Desde entonces han egresado miles de alumnas de este notable centro educativo. Por este motivo hacemos llegar nuestro homenaje al Colegio en su glorioso cincuentenario.(referencia: Tomo III Pueblo Mártir)

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